Artículos
Observatorio de Relaciones Internacionales y Derechos Humanos
Elecciones sin elección
Las elecciones presidenciales en Venezuela, celebradas el 20 de mayo pasado, no dejan de ser tema de debate por lo cuestionado del proceso y porque además han permitido el avance de un régimen dictatorial en un país que gozó de un sistema democrático durante más de cuatro décadas. Se trata de un golpe a la democracia, incluida la violación sistemática del derecho humano al sufragio.Por Adriana Flores
Para que unas elecciones sean válidas se requiere que, al menos, existan unas condiciones mínimas que permitan ejercer la libre voluntad de escoger a los nuevos gobernantes y para ello debe existir Estado de Derecho, tal vez no en su estado puro pero si al menos que las instituciones se adhieran en buena parte al ordenamiento jurídico vigente. Situación que en Venezuela se debilitó con la ruptura del hilo constitucional a través de la sentencia 155 del Tribunal Supremo de Justicia cuando allanó la inmunidad parlamentaria de los diputados de mayoría opositora y terminó de desaparecer con la instalación de la ilegitima Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en julio del 2017, la cual tiene poderes absolutos dejando en desuso la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La convocatoria a elecciones contravino el artículo 293 de la Constitución venezolana que establece que esta es una competencia exclusiva del Poder Electoral; sin embargo fue la ANC la que aprobó el 23 de enero del 2018 el Decreto que convocó al proceso electoral para la escogencia de la Presidencia de la República en el primer cuatrimestre del 2018. En el decreto, la ANC realzó su carácter absoluto que le permitía asumir funciones del Poder Electoral.
Además, hubo una violación al lapso mínimo de seis meses que debe mediar entre la convocatoria y la elección, de acuerdo con el artículo 298 constitucional. Así, tal artículo dispone que: “la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma”. El Observatorio Electoral Venezolano publicó en su web un reporte especial en el que se comparan las condiciones entre las elecciones parlamentarias del 2015 y las presidenciales del 2018. Según este observatorio, el primer punto diferencial es la antelación con la que se realizó la convocatoria al evento electoral, ya que en el año 2015 hubo 167 días entre la convocatoria y la elección, mientras que en el último proceso hubo apenas 80 días de por medio. Esta discordancia es contrario al principio de certidumbre y seguridad jurídica que debe tener todo proceso electoral.
Dicha convocatoria no se trata de una mera formalidad, sino de un requisito indispensable para hablar de elecciones libres y democráticas, lo que constituyó motivo suficiente para que países democráticos - Estados Unidos, Francia, Canadá y los integrantes del Grupo de Lima-, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) -en resolución del 23 de febrero del 2018- e incluso Zeid Ra'ad Al Hussein, alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se hayan pronunciado en contra de las elecciones presidenciales.
Por otro lado, y de acuerdo al cronograma electoral, el Consejo Nacional Electoral estableció un plazo de 26 días de campaña, lo que supuso una drástica reducción de 70 días en comparación con el período de campaña electoral de las elecciones presidenciales de 2012.
En este orden de ideas, el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ) reveló que la brevedad del lapso establecido por el CNE lesionó los derechos de los ciudadanos que no militan en una organización con fines políticos impidiéndoles postularse, tal como lo establece la ley venezolana, mediante la constitución de Grupos de Electores y Candidaturas por Iniciativa Propia. Ya que quienes deseaban postularse para participar en la elección presidencial de 2018, bajo esta modalidad, debían recaudar 987.046 firmas en al menos 18 estados, en un lapso de 5 días, es decir, más de 197 mil por día. Peor suerte corrieron quienes deseaban postularse bajo el mismo esquema para la elección de Diputados a los Consejos Legislativos, pues la Administración Electoral no sólo eliminó esa posibilidad, sino que únicamente pudieron postular candidatos a Diputados a los Consejos Legislativos los partidos que inscribieron candidato presidencial, disposición que violó el Artículo 298 constitucional arriba mencionado y que atentó contra el Derecho a la participación política.
Además, se llevaron a cabo inhabilitaciones a políticos opositores, bien como una sanción administrativa por parte de la Contraloría General de la República sin el cumplimiento del debido proceso o como pena accesoria de una sentencia penal, pero en ambos casos como herramienta de ventajismo electoral. Entre los inhabilitados se encuentran: María Corina Machado del partido político Vente Venezuela, Antonio Ledezma de Alianza al Bravo Pueblo, Henrique Capriles Radonski de Primero Justicia y Leopoldo López de Voluntad Popular.
Por otra parte, la anulación de las tarjetas de varios partidos, entre ellas las de las organizaciones opositoras más importantes del país -MUD, Primero Justicia, Voluntad Popular- redujo el número de partidos políticos de 64 a apenas 17 en el año 2018. Esta anulación fue una retaliación por parte del Consejo Nacional Electoral a los partidos que decidieron no participar en las elecciones de alcaldes de diciembre de 2017.
En cuando a la campaña electoral no hubo igualdad de condiciones para los candidatos, pues Nicolás Maduro a pesar de que tiene un procedimiento penal abierto por parte del TSJ en el exilio pudo de igual formar postularse a la reelección y además hizo uso de los bienes y recursos públicos para su campaña, delito tipificado en la Ley contra la Corrupción venezolana.
El día D
El día de la “elección” ocurrieron innumerables irregularidades, siendo la más evidente la coacción por parte del gobierno a los electores para que utilizaran el llamado “carnet de la patria” justo después de votar, a pesar de que el único documento legal en Venezuela para ejercer el derecho al voto es la cédula de identidad. El carnet de la patria es un documento entregado a los militantes y simpatizantes del partido oficialista y a través del cual obtienen dinero u otro tipo de beneficios pagados con recursos del estado. El día de la elección el uso del carnet de la patria funcionó de la siguiente manera: se obligó a los electores a reportarse con su carnet antes de ejercer el derecho al voto en lugares cercanos al centro de votación denominados Puntos Rojos o Puntos Tricolor, donde eran tomados sus datos y el compromiso de votar por Nicolás Maduro, a cambio de obtener los 10 millones de bolívares ofrecidos claramente por el propio Presidente en cadena nacional para sus votantes, además de no perder el beneficio del suministro de alimentos a través de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP). Una vez que el elector votaba el código del carnet de la patria era registrado en los Puntos Rojos o Tricolor como garantía del pago del dinero y la continuidad del suministro de alimentos a precios excesivamente subsidiados. Sin embargo, la Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, luego de haber declarado a Maduro ganador de la jornada prohibió que se hiciera efectivo el pago de los 10 millones, aunque no inició una investigación penal y tampoco lo hizo el Ministerio Público, tal como lo establece la ley venezolana, por la compra de votos, o al menos la tentativa de cometer ese delito, ya que muchas personas acudieron a votar por el dinero o por el temor de perder la provisión de comida no por afinidad con Maduro.
De ese modo se manipuló coactivamente a los electores, en especial a aquellos de menos recursos económicos, bajo amenaza de pérdida de beneficios sociales que, en el marco de una grave hiperinflación y con altos niveles de escasez de alimentos y medicinas, son en muchos casos el único sustento familiar de una gran cantidad de las familias venezolanas. La incidencia en el electorado es sumamente alta si se toma en cuenta que dieciséis millones de venezolanos tienen carnet de la patria, según el portal del registro del Carnet de la Patria.
En cuando a la observación electoral, la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos estuvieron ausentes durante los comicios por considerar fraudulento al proceso. Estas misiones, cuando asisten, empiezan a prepararse con más de seis meses de antelación para conocer cómo se desarrollará la votación.
El único organismo internacional que recibió las credenciales para observar el proceso electoral fue el Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (CEELA), ente que contó en 2004 con el financiamiento de Hugo Chávez para su creación.
Sin embargo, Organizaciones No Gubernamentales como el Observatorio Electoral Venezolano realizó esta labor de observación en los comicios, a pesar de no haber recibido las acreditaciones correspondientes, algo que ya ha ocurrido en los últimos tres procesos electorales.
También la Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos (REDAC), junto a Cepaz realizó una veeduría ciudadana para verificar la existencia de irregularidades. De los 47 centros observados recopilaron 74 denuncias, de las cuales el 62% estaban relacionadas con puntos de información del partido de Gobierno – Puntos Rojos o Puntos Tricolor – a menos de 200 metros del perímetro del centro de votación, cuando la ley establece que debían estar a más de 200 metros.
Por su parte, Carmen González, responsable de Caracas Ciudad Plural en el municipio Libertador, destacó que el 83% de las mesas electorales del área metropolitana estuvieron constituidas por miembros accidentales ya que los sorteados por el CNE nunca fueron contactados, igual ocurrió con las Juntas Electorales Municipales donde las directivas nunca fueron sorteadas y se constituyeron con militantes del partido de Gobierno.
Asimismo, la Red de Observación Electoral de Asamblea de Educación observó 350 centros de votación, en los cuales 166 se constituyeron las mesas con miembros accidentales, con sustitutos que no contaban con la capacitación y conocimiento de los procedimientos debidos. Denunciaron además que en el 33% de los centros observados el coordinador intervino en más de una ocasión para realizar voto asistido. En Venezuela una persona puede ayudar una sola vez cuando se trata de voto asistido.
Durante el proceso reportaron varias irregularidades comenzando por la apertura de los centros de votación a las 7:20 en promedio, cuando la Ley de Procesos Electorales y su reglamento establece que debe ser a las 5:00.
Reportaron que en el 13% de los centros observados hubo impedimento para el ingreso de observadores electorales por los funcionarios, quienes desconocieron las acreditaciones emitidas por el CNE.
Si bien todas estas irregularidades son decepcionantes, también es cierto que gran parte del sector opositor encabezado por el Frente Amplio por la Democracia y la plataforma Soy Venezuela ya habían previsto que los resultados iban a ser fraudulentos e incluso ésta última coalición venía denunciando las jugadas del Régimen venezolano desde las elecciones a gobernadores en octubre del 2017. Así como organizaciones internacionales como la OEA, que se abstuvieron a enviar observadores por tratarse de elecciones sin garantía.
Para que unas elecciones sean válidas se requiere que, al menos, existan unas condiciones mínimas que permitan ejercer la libre voluntad de escoger a los nuevos gobernantes y para ello debe existir Estado de Derecho, tal vez no en su estado puro pero si al menos que las instituciones se adhieran en buena parte al ordenamiento jurídico vigente. Situación que en Venezuela se debilitó con la ruptura del hilo constitucional a través de la sentencia 155 del Tribunal Supremo de Justicia cuando allanó la inmunidad parlamentaria de los diputados de mayoría opositora y terminó de desaparecer con la instalación de la ilegitima Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en julio del 2017, la cual tiene poderes absolutos dejando en desuso la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La convocatoria a elecciones contravino el artículo 293 de la Constitución venezolana que establece que esta es una competencia exclusiva del Poder Electoral; sin embargo fue la ANC la que aprobó el 23 de enero del 2018 el Decreto que convocó al proceso electoral para la escogencia de la Presidencia de la República en el primer cuatrimestre del 2018. En el decreto, la ANC realzó su carácter absoluto que le permitía asumir funciones del Poder Electoral.
Además, hubo una violación al lapso mínimo de seis meses que debe mediar entre la convocatoria y la elección, de acuerdo con el artículo 298 constitucional. Así, tal artículo dispone que: “la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma”. El Observatorio Electoral Venezolano publicó en su web un reporte especial en el que se comparan las condiciones entre las elecciones parlamentarias del 2015 y las presidenciales del 2018. Según este observatorio, el primer punto diferencial es la antelación con la que se realizó la convocatoria al evento electoral, ya que en el año 2015 hubo 167 días entre la convocatoria y la elección, mientras que en el último proceso hubo apenas 80 días de por medio. Esta discordancia es contrario al principio de certidumbre y seguridad jurídica que debe tener todo proceso electoral.
Dicha convocatoria no se trata de una mera formalidad, sino de un requisito indispensable para hablar de elecciones libres y democráticas, lo que constituyó motivo suficiente para que países democráticos - Estados Unidos, Francia, Canadá y los integrantes del Grupo de Lima-, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) -en resolución del 23 de febrero del 2018- e incluso Zeid Ra'ad Al Hussein, alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se hayan pronunciado en contra de las elecciones presidenciales.
Por otro lado, y de acuerdo al cronograma electoral, el Consejo Nacional Electoral estableció un plazo de 26 días de campaña, lo que supuso una drástica reducción de 70 días en comparación con el período de campaña electoral de las elecciones presidenciales de 2012.
En este orden de ideas, el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ) reveló que la brevedad del lapso establecido por el CNE lesionó los derechos de los ciudadanos que no militan en una organización con fines políticos impidiéndoles postularse, tal como lo establece la ley venezolana, mediante la constitución de Grupos de Electores y Candidaturas por Iniciativa Propia. Ya que quienes deseaban postularse para participar en la elección presidencial de 2018, bajo esta modalidad, debían recaudar 987.046 firmas en al menos 18 estados, en un lapso de 5 días, es decir, más de 197 mil por día. Peor suerte corrieron quienes deseaban postularse bajo el mismo esquema para la elección de Diputados a los Consejos Legislativos, pues la Administración Electoral no sólo eliminó esa posibilidad, sino que únicamente pudieron postular candidatos a Diputados a los Consejos Legislativos los partidos que inscribieron candidato presidencial, disposición que violó el Artículo 298 constitucional arriba mencionado y que atentó contra el Derecho a la participación política.
Además, se llevaron a cabo inhabilitaciones a políticos opositores, bien como una sanción administrativa por parte de la Contraloría General de la República sin el cumplimiento del debido proceso o como pena accesoria de una sentencia penal, pero en ambos casos como herramienta de ventajismo electoral. Entre los inhabilitados se encuentran: María Corina Machado del partido político Vente Venezuela, Antonio Ledezma de Alianza al Bravo Pueblo, Henrique Capriles Radonski de Primero Justicia y Leopoldo López de Voluntad Popular.
Por otra parte, la anulación de las tarjetas de varios partidos, entre ellas las de las organizaciones opositoras más importantes del país -MUD, Primero Justicia, Voluntad Popular- redujo el número de partidos políticos de 64 a apenas 17 en el año 2018. Esta anulación fue una retaliación por parte del Consejo Nacional Electoral a los partidos que decidieron no participar en las elecciones de alcaldes de diciembre de 2017.
En cuando a la campaña electoral no hubo igualdad de condiciones para los candidatos, pues Nicolás Maduro a pesar de que tiene un procedimiento penal abierto por parte del TSJ en el exilio pudo de igual formar postularse a la reelección y además hizo uso de los bienes y recursos públicos para su campaña, delito tipificado en la Ley contra la Corrupción venezolana.
El día D
El día de la “elección” ocurrieron innumerables irregularidades, siendo la más evidente la coacción por parte del gobierno a los electores para que utilizaran el llamado “carnet de la patria” justo después de votar, a pesar de que el único documento legal en Venezuela para ejercer el derecho al voto es la cédula de identidad. El carnet de la patria es un documento entregado a los militantes y simpatizantes del partido oficialista y a través del cual obtienen dinero u otro tipo de beneficios pagados con recursos del estado. El día de la elección el uso del carnet de la patria funcionó de la siguiente manera: se obligó a los electores a reportarse con su carnet antes de ejercer el derecho al voto en lugares cercanos al centro de votación denominados Puntos Rojos o Puntos Tricolor, donde eran tomados sus datos y el compromiso de votar por Nicolás Maduro, a cambio de obtener los 10 millones de bolívares ofrecidos claramente por el propio Presidente en cadena nacional para sus votantes, además de no perder el beneficio del suministro de alimentos a través de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP). Una vez que el elector votaba el código del carnet de la patria era registrado en los Puntos Rojos o Tricolor como garantía del pago del dinero y la continuidad del suministro de alimentos a precios excesivamente subsidiados. Sin embargo, la Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, luego de haber declarado a Maduro ganador de la jornada prohibió que se hiciera efectivo el pago de los 10 millones, aunque no inició una investigación penal y tampoco lo hizo el Ministerio Público, tal como lo establece la ley venezolana, por la compra de votos, o al menos la tentativa de cometer ese delito, ya que muchas personas acudieron a votar por el dinero o por el temor de perder la provisión de comida no por afinidad con Maduro.
De ese modo se manipuló coactivamente a los electores, en especial a aquellos de menos recursos económicos, bajo amenaza de pérdida de beneficios sociales que, en el marco de una grave hiperinflación y con altos niveles de escasez de alimentos y medicinas, son en muchos casos el único sustento familiar de una gran cantidad de las familias venezolanas. La incidencia en el electorado es sumamente alta si se toma en cuenta que dieciséis millones de venezolanos tienen carnet de la patria, según el portal del registro del Carnet de la Patria.
En cuando a la observación electoral, la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos estuvieron ausentes durante los comicios por considerar fraudulento al proceso. Estas misiones, cuando asisten, empiezan a prepararse con más de seis meses de antelación para conocer cómo se desarrollará la votación.
El único organismo internacional que recibió las credenciales para observar el proceso electoral fue el Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (CEELA), ente que contó en 2004 con el financiamiento de Hugo Chávez para su creación.
Sin embargo, Organizaciones No Gubernamentales como el Observatorio Electoral Venezolano realizó esta labor de observación en los comicios, a pesar de no haber recibido las acreditaciones correspondientes, algo que ya ha ocurrido en los últimos tres procesos electorales.
También la Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos (REDAC), junto a Cepaz realizó una veeduría ciudadana para verificar la existencia de irregularidades. De los 47 centros observados recopilaron 74 denuncias, de las cuales el 62% estaban relacionadas con puntos de información del partido de Gobierno – Puntos Rojos o Puntos Tricolor – a menos de 200 metros del perímetro del centro de votación, cuando la ley establece que debían estar a más de 200 metros.
Por su parte, Carmen González, responsable de Caracas Ciudad Plural en el municipio Libertador, destacó que el 83% de las mesas electorales del área metropolitana estuvieron constituidas por miembros accidentales ya que los sorteados por el CNE nunca fueron contactados, igual ocurrió con las Juntas Electorales Municipales donde las directivas nunca fueron sorteadas y se constituyeron con militantes del partido de Gobierno.
Asimismo, la Red de Observación Electoral de Asamblea de Educación observó 350 centros de votación, en los cuales 166 se constituyeron las mesas con miembros accidentales, con sustitutos que no contaban con la capacitación y conocimiento de los procedimientos debidos. Denunciaron además que en el 33% de los centros observados el coordinador intervino en más de una ocasión para realizar voto asistido. En Venezuela una persona puede ayudar una sola vez cuando se trata de voto asistido.
Durante el proceso reportaron varias irregularidades comenzando por la apertura de los centros de votación a las 7:20 en promedio, cuando la Ley de Procesos Electorales y su reglamento establece que debe ser a las 5:00.
Reportaron que en el 13% de los centros observados hubo impedimento para el ingreso de observadores electorales por los funcionarios, quienes desconocieron las acreditaciones emitidas por el CNE.
Si bien todas estas irregularidades son decepcionantes, también es cierto que gran parte del sector opositor encabezado por el Frente Amplio por la Democracia y la plataforma Soy Venezuela ya habían previsto que los resultados iban a ser fraudulentos e incluso ésta última coalición venía denunciando las jugadas del Régimen venezolano desde las elecciones a gobernadores en octubre del 2017. Así como organizaciones internacionales como la OEA, que se abstuvieron a enviar observadores por tratarse de elecciones sin garantía.