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Análisis Sínico

25-10-2023

A tiempo de corregir errores: Una oportunidad para reflexionar sobre la constitucionalidad del TLC China-Ecuador

Según la investigadora de Latinoamérica Sustentable, la vigencia de un TLC daría mayor protección a la empresa china en el marco de las garantías a las que el gobierno ecuatoriano se obliga a cumplir. Las experiencias de Chile y Perú, países que tienen un TLC con China desde 2005 y 2009 respectivamente, son evidencia clara de estos impactos, y de que los perjuicios superan a los beneficios.
Por Diana Castro

(Latinoamérica Sustentable) El 28 de agosto de 2023, la Corte Constitucional del Ecuado dictaminó que el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre China y Ecuador debe pasar por aprobación legislativa previa a su ratificación y otorgó 10 días para que la ciudadanía se pronuncie defendiendo o impugnando el acuerdo. Pasado este plazo, la Corte tendrá hasta un mes para emitir un dictamen de constitucionalidad que, de ser positivo, dará paso al debate en la Asamblea Nacional.

A pesar de la enorme importancia que tiene este TLC para Ecuador, el proceso de análisis y negociación, a diferencia de otros TLC, no contó con la participación de expertos y representantes de la sociedad civil y tampoco incluyó capítulos ambientales y laborales. Esto es una falla crítica si tomamos en cuenta que, por un lado, la mayoría de los productos que exporta Ecuador a China son materias primas, principalmente petróleo, minerales metálicos (cobre, oro, plata) y productos agrarios (camarón, banano, madera, entre otros), cuya extracción implica enormes impactos ambientales y sociales.

Por otro lado, muchos proyectos a cargo de contratistas chinos demandan gran cantidad de mano de obra, por lo que su ejecución y operación generan impactos laborales importantes relacionados con condiciones de trabajo, contratación de personal chino, empleabilidad local, dinámicas de conflictividad, entre otros.

No obstante, los ciudadanos ecuatorianos, la Corte Constitucional y la Asamblea todavía tienen la oportunidad de corregir errores. El TLC con China debe ser analizado a la luz de la vasta experiencia que nos han dejado casi dos décadas de préstamos, proyectos y comercio con China.

Un breve recuento de los hechos:

En febrero de 2022, la relación comercial de Ecuador con China alcanzó un nuevo hito cuando el presidente Lasso anunció el inicio de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con China. El tratado se acordó en tiempos récord: cuatro rondas de negociaciones entre julio y diciembre, en lo que el gobierno llamó la negociación “más rápida de la historia”. En enero de 2023 se anunció oficialmente el cierre técnico de las negociaciones.

El 10 de mayo, luego del cumplimiento de los procesos de formalización de las ofertas, la traducción y revisión jurídica, ambos gobiernos firmaron oficialmente el TLC en una ceremonia celebrada en Quito. Acto seguido, el 28 de julio el presidente Guillermo Lasso remitió a la Corte Constitucional el tratado para que dicho organismo emitiera su dictamen de control constitucional.

El pasado 28 de agosto finalmente, la Corte Constitucional dictaminó que, de acuerdo con el Artículo 419 de la Constitución, el tratado requiere de aprobación legislativa previo a su ratificación debido a que el Ecuador “se estaría comprometiendo a expedir, modificar o derogar leyes” y “compromete al país en un acuerdo de comercio”.

Además, siguiendo las disposiciones de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (Artículo 111), la Corte dispuso que el documento sea publicado en el Registro Oficial para que, “dentro del término de diez días contados a partir de su publicación, cualquier ciudadano intervenga defendiendo o impugnando su constituciona- lidad parcial o total”. Una vez cumplido este plazo, la Corte deberá resolver si el tratado pasa o no el control constitucional, y de ser así, remitirlo a la Asamblea.

Una vez el tratado se remita a la Asamblea Nacional, el Consejo de Administración Legislativa (CAL), organismo al que llegan todos los proyectos de ley, calificará y determinará una Comisión competente, probablemente la Comi- sión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana o la Comisión de Soberanía. La Comisión elaborará el informe y lo pasará para conocimiento del pleno. Una vez en debate, se requerirá de una mayoría absoluta (la mitad más uno) a favor para aprobar el informe. Si se llega a admitir, el presidente de la República podrá ratificar el acuerdo y solo ahí entrará en vigor.

Impactos y ausencia de capítulos ambientales y laborales

Aunque el gobierno mira con positivismo el proceso de aprobación, aludiendo que “No existe es la historia de Ecuador un acuerdo comercial que haya sido rechazado por la Asamblea”, olvida el hecho de que nunca en la historia hemos negociado un acuerdo comercial de tal envergadura. China, considerada la “fábrica del mundo”, es hoy en día el primer origen de importaciones y el segundo destino de las exportaciones (y primero de las exportaciones no petroleras) de Ecuador.

Como lo hemos manifestado en otras ocasiones, “el Ecuador no ha estado, ni está preparado con un buen marco regulatorio ambiental y social para este TLC con China”. Más allá de los evidentes riesgos económicos que conllevan este tipo de acuerdos, como la profundización de la dependencia comercial, la reprimarización, y la desindustrialización, el TLC que se pretende ratificar tiene altas probabilidades de profundizar la lógica extractiva e intensificar actividades de monocultivo destinadas a la exportación.

(Latinoamérica Sustentable) Al promover las inversiones internacionales, el acuerdo prioriza la creación de garantías de inversión y seguridad jurídica para las empresas chinas, menoscabando los derechos de las comunidades locales y la protección ambiental en los territorios donde se asientan los proyectos de inversión. La ausencia de un capítulo ambiental y laboral agrava este escenario y deja por fuera cualquier espacio para demandar protección de la naturaleza y cumplimiento de estándares internacionales en el contexto de las inversiones.

Recordemos que la mayoría de los proyectos de inversión china en Ecuador se concentran en los recursos naturales y sectores extractivos (minería, hidrocarburos, agroindustria, energía, entre otros) y se encuentran en zonas ambientalmente sensibles (Amazonía, páramos, bosques) con importante presencia de poblaciones indígenas y/o comunidades locales en el territorio.

Solo como una muestra están los bloques 14, 17 y Tarapoa operados por Petro Oriental y Andes Petroleum, o el bloque ITT en donde CNPC y Sinopec tienen contratos de servicios. También están proyectos mineros como Mirador, Río Blanco y San Carlos Panantza, los dos últimos suspendidos debido a la resistencia de las poblaciones locales ante la falta de consultas previas y los impactos ambientales. En el sector agropecuario se han registrado empresas camaroneras chinas con actividades desastrosas en los mangales de la Isla Puná y otras zonas costeras.

Actualmente varias controversias se encuentran incluso en instancias de arbitraje como la demanda del estado ecuatoriano a Sinohydro por el proyecto Coca Codo Sinclair (Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional con sede en Santiago de Chile) o la demanda -en virtud del Tratado de Inversión bilateral China-Ecuador- de la empresa china Junefield al estado ecuatoriano por falta de garantías en el proyecto minero Río Blanco.

En estos casos, la vigencia de un TLC daría mayor protección a la empresa china en el marco de las garantías a las que el gobierno ecuatoriano se obliga a cumplir. Las experiencias de Chile y Perú, países que tienen un TLC con China desde 2005 y 2009 respectivamente, son evidencia clara de estos impactos, y de que los perjuicios superan a los beneficios.

Finalmente, desde Latinoamérica Sustentable hacemos un llamado a todos los actores sociales, públicos y privados, para enviar sus aportes a la Corte Constitucional y sobre todo para abrir un espacio democrático, informado y que genere un proceso de discusión y análisis del propuesto TLC con China.

Diana Castro
Diana Castro
Investigadora de Directrices y Políticas chinas en Latinoamérica Sustentable
Investigadora doctoral en el Programa de Estudios Latinoamericanos y tiene una maestría en Cooperación Internacional al Desarrollo de la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB-Ecuador). Desde el 2014, Diana ha estudiado de cerca las relaciones sino-latinoamericanas, particularmente los mecanismos chinos de financiamiento para el desarrollo y los proyectos de infraestructura e inversión. Su investigación más reciente se ha concentrado en rastrear los efectos que estos proyectos generan en las capacidades institucionales del Estado, el medio ambiente y el desarrollo territorial, profundizando en el caso ecuatoriano. Diana ha publicado varios artículos sobre estos temas, ha trabajado en diversas universidades ecuatorianas, y colaborado en iniciativas internacionales de investigación sobre la presencia de China en Latinoamérica.
 
 
 

 
 
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